Normativa Euro 7: Movilidad respetuosa con la calidad del aire

  • La normativa Euro 7 busca reducir significativamente las emisiones contaminantes de los vehículos nuevos que se vendan en la Unión Europea a partir de 2025.
  • Todas las novedades de la Euro 7 van encaminadas a lograr una movilidad sostenible cero emisiones en 2035. La calidad del aire es una de las mayores preocupaciones para la salud en la UE.

La polución del aire es uno de los mayores riesgos a los que nos enfrentamos los ciudadanos de la Unión Europea, sobre todo en áreas urbanas. La razón de ser de una legislación anticontaminación cada vez más estricta, como la normativa Euro 7, radica en el papel que juega el transporte en materia de emisiones. Debemos avanzar hacia una movilidad sostenible.

¿Por qué es necesaria una nueva normativa?

En la década de 1990 nace la normativa EURO, la regulación que controla las emisiones contaminantes de los vehículos de carretera de países de la UE. Esta regulación, que con el paso del tiempo se ha ido haciendo más exigente, alcanzará su máximo exponente en la normativa Euro 7, prevista para entrar en vigor en dos años.

Gracias a la implantación de los reglamentos EURO, ha habido una evolución positiva de las emisiones de contaminantes en la UE.. Así lo recoge el informe Air quality in Europe – 2022 reportde la Agencia Europea de Medioambiente. En el mismo, se puede observar una reducción gradual de los principales contaminantes del sector transporte: NOx y partículas.

En concreto, desde 2005 se ha logrado una reducción de un 30% en partículas PM10 (entre 2,5 y 10 µm) y de casi un 50% en emisiones de NOx, uno de los contaminantes más perjudiciales para la salud y el medio ambiente. Siguiendo esta línea, recientemente se ha hecho pública la propuesta de la Comisión Europea de un nuevo Reglamento Euro 7/VII.

El nuevo Reglamento va a incluir tanto a vehículos ligeros como pesados. Si quieres conocer todas las novedades de la propuesta de Reglamento no te pierdas el webinar organizado por Cátedra de Transición Energética Fundación Repsol que puedes ver online aquí.

¿De dónde viene la normativa Euro 7?

La Euro 0 (1988) supuso la primera aplicación en la UE de una regulación referente a los límites máximos de emisiones contaminantes de los vehículos. Dicha regulación ha ido evolucionando de forma distinta en cada segmento. El punto en común es que resulta cada vez más exigente con el objetivo de avanzar hacia una movilidad sostenible.

La primera norma ya distinguía los límites de emisiones aceptables en los vehículos de gasolina y diésel. Dentro de estos últimos diferenciamos límites para los turismos y para los vehículos pesados. Como curiosidad, hay que señalar que para definir la norma aplicable a vehículos ligeros utilizamos números arábigos. Para las normas de vehículos pesados se emplean números romanos.

Las normas europeas sobre emisiones contaminantes se definen en una serie de directivas con implantación progresiva. En la actualidad se aplica la Euro 6d en turismos y furgonetas y la Euro VI en vehículos pesados. El siguiente paso es la normativa Euro 7 / VII, que tiene dos objetivos esenciales:

¿En qué consiste la normativa Euro 7?

El Reglamento Euro 7 busca no solo ser más restrictivo en cuanto a emisiones contaminantes, sino también simplificar y unificar la legislación de todo tipo de vehículos. De esta forma, tendremos una única norma Euro 7 para todos ellos.

A partir de este punto, la nueva legislación buscará:

  • Equiparar los valores del diésel a los de gasolina en las emisiones de los gases de escape. Vemos una rebaja de los 80 mg/km de óxidos de nitrógeno para motores diésel a 60 mg/km. Así la regulación trata por igual a los distintos tipos de combustible.
  • Se añaden nuevos contaminantes y unas condiciones de prueba más amplias; así como una mejora del análisis de emisiones evaporativas.
  • Extensión de la durabilidad de los vehículos: 200.000 km o 10 años para turismos y vehículos ligeros; y de 375.000 a 875.000 km para vehículos pesados. Se tienen en cuenta los contaminantes gaseosos únicamente.
  • Incluir nuevos elementos de control y mejoras en relación con los límites de las emisiones de partículas derivadas de la fricción de los neumáticos y los frenos.
  • Dar un mayor peso a los ensayos en condiciones reales de conducción.
  • Tiene en cuenta un rendimiento mínimo para las baterías de los vehículos eléctricos e híbridos.
  • Se introduce el concepto de OBD (On Board Monitoring) para un mayor control en los vehículos. El objetivo es detectar excesos de emisiones y funcionamiento en modo eléctrico; así como simplificar la inspección de ITV y evitar manipulaciones en los vehículos.

Un camino hacia la movilidad sostenible cero emisiones

A la normativa Euro 7 todavía le queda un largo camino por recorrer para su aprobación. Actualmente, la propuesta de la Comisión Europea se está debatiendo en el Parlamento y el Consejo europeos. Hasta el momento del acuerdo final, se están llevando a cabo diversos estudios acerca de su viabilidad e implantación.

La normativa Euro 7 requiere el empleo de recursos económicos y humanos. En este sentido, el nuevo Reglamento debería buscar un equilibrio entre la mejora de la calidad del aire y su impacto económico, tanto en los fabricantes de vehículos y de componentes como en los consumidores.

Con la eliminación gradual de las tecnologías de combustión interna para 2035, no parece muy lógico obligar a los fabricantes a llevar a cabo altas inversiones que no se amortizarían. Las medidas repercutirán en el coste de los vehículos nuevos, lo que conllevará un previsible efecto en el envejecimiento del parque.

Aunque aparentemente los límites de emisiones de contaminantes “no varían” con respecto al reglamento Euro 6 vigente (se aplica el valor previo más exigente para todas las motorizaciones), en la práctica el nuevo reglamento supone un endurecimiento significativo de los requisitos porque las nuevas condiciones de ensayo son mucho más exigentes y se elimina el factor de conformidad RDE

Por último, los plazos marcados son insuficientes para que la industria se adapte:

  • 1 de julio de 2025 para turismos y vehículos ligeros.
  • 1 de julio de 2030 para turismos y vehículos ligeros de bajo volumen.
  • 1 de julio de 2027 para vehículos pesados.

Además, la normativa Euro 7 no recoge la práctica de los reglamentos anteriores de condicionarlos a la fecha de finalización del proceso de tramitación y adopción del nuevo reglamento, ni de separar la fecha de aplicación entre nuevas homologaciones y nuevas matriculaciones.

Como se puede ver, la normativa Euro 7 traerá importantes cambios regulatorios en materia de emisiones tanto para turismos y vehículos ligeros como para vehículos pesados. Es solo un primer paso, aunque uno muy importante, antes de llegar a una movilidad sostenible totalmente libre de emisiones prevista para 2035.

La normativa Euro 7 será mucho más exigente en el análisis de las emisiones de los vehículos nuevos

Compartir

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

Últimas entradas

Artículos relacionados

Que había ganas de vernos, juntarnos y abrazarnos, era obvio, pero lo que vivimos el pasado mes de abril en IFEMA, fue de “una