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Jul2019

Artículo ZABALA: Bonificar el esfuerzo investigador en las empresas

Cuando nos ofrecen una bonificación del 40% en una cuota -del tipo que sea- supone un buen efecto llamada…Pensamos: ¡cómo no aprovecharlo! Pues tratándose de I+D+i, aprovechar esa llamada, más que una oportunidad, es un factor decisivo para mejorar nuestra competitividad. ¿Aprovecha tu empresa este incentivo?

Las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador, que durante años no estuvieron operativas, han vuelto para quedarse. Y ojo porque, a pesar de su gran potencial tractor de la I+D+i empresarial, es uno de los incentivos fiscales menos conocidos: muchas empresas desconocen que las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del Personal Investigador suponen nada menos que el 40% en la aportación empresarial a la Seguridad Social.

¿Cómo aprovechar este incentivo?

Utilizar este incentivo no es complicado, pero sí es necesario planificarlo: de forma anticipada, las empresas deben hacer una selección del personal que se dedica en exclusiva o casi-exclusiva a actividades de I+D+i y modificar una serie de claves en el sistema red de la Seguridad Social.

Si la empresa quiere beneficiarse para menos de diez empleados, no será necesario presentar ninguna información ante ningún organismo, pero se considera conveniente tener recogida la actividad de las personas bonificadas en un documento.

En cambio, para las empresas que quieran aplicar este incentivo a diez o más empleados, será obligatoria la presentación ante la Tesorería General de la Seguridad Social de un Informe Motivado emitido por el Ministerio de Economía y Empresa, relativo al cumplimiento en dicho período de la condición de personal investigador con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i e innovación tecnológica. De ahí la importancia de tener un Informe Motivado Vinculante, ¿recuerdas este artículo?

La ventaja de ser ‘pyme innovadora’

Pero dentro de todas las empresas, las más beneficiadas son las PYMES INNOVADORAS, pymes que hacen una actividad intensiva en I+D+i y poseen un sello que lo reconoce, como te contamos aquí.

Los beneficios para las empresas con sello de Pyme Innovadora son múltiples: se evitan tener que elegir entre deducirse fiscalmente por esa persona asociada a actividades de I+D+i o bonificarse por personal investigador en la cuota empresarial de la cotización a la Seguridad Social. Si dispones del sello, ambas cuestiones son compatibles para una misma persona. Otro beneficio, por ejemplo, está asociado a ciertas convocatorias regionales de apoyo a la I+D+i: en la valoración de un proyecto que aspira a obtener una ayuda, el disponer de este sello puntúa en positivo porque, de partida, es un claro aval de la capacidad innovadora de la empresa.

Desde ZABALA llevamos trabajando en este incentivo desde su entrada en vigor y por ello insistimos en sus beneficios, siendo un incentivo de fácil implicación y que da un retorno inmediato a las actividades realizadas de I+D+i y en una forma más intensa a las pymes. ¿Hablamos? :)

Te presentamos un TOP 5 para que las ayudas fiscales sean el mejor aliado en el éxito de tu proyecto de I+D, rentabilizándolo desde el minuto uno… o cero.

1 ¿Cómo es posible rentabilizar mi I+D+i desde el punto cero del proyecto?

Esto es posible mediante las Bonificaciones en la Cotización a la Seguridad Social del Personal Investigador, un instrumento que afecta a la capacidad innovadora y por tanto al impulso de la competitividad.

2 ¿Y qué tengo que cumplir para beneficiarme?

Para ello, el personal por el cual queremos bonificarnos debe dedicarse en casi-exclusiva a actividades de I+D+i, al menos un 85% mientras que el otro 15% se admitirá que se dedique a tareas de formación, divulgación o similares, con independencia de que el personal investigador lo sea mediante contrato indefinido, prácticas u obra o servicio determinado.

3 Lo cumplo, ¿qué tengo que hacer?

Es sencillo, las empresas que cumplan esto podrán aplicar las bonificaciones con carácter automático en los correspondientes documentos de cotización, mediante un sencillo cambio de claves. Posteriormente esto puede ser revisado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y por la Tesorería General de la Seguridad Social. Si la empresa quiere beneficiarse para menos de diez empleados, no será necesario presentar ninguna información ante ningún organismo, pero se considera conveniente tener recogida la actividad de las personas bonificadas en un documento. En cambio, para las empresas en que este incentivo se aplique a diez o más empleados, será obligatoria la presentación ante la Tesorería General de la Seguridad Social de un Informe Motivado emitido por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, relativo al cumplimiento en dicho período de la condición de personal investigador con dedicación exclusiva a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Para ello, se deberá aportar ante este Ministerio un informe técnico de tales actividades y dedicación de acuerdo con las definiciones contempladas en el artículo 35 de la Ley 27/2014 de Impuesto de Sociedades.

4 ¿Y cuánto puedo ahorrarme? 

En la normativa se establece una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes del personal investigador.

5 ¿Te suena complicado?

No te preocupes. Aunque los tecnicismos en este ámbito son algo difícilmente evitable, la buena noticia es que puedes apoyarte en profesionales que traduzcan la regulación en algo sencillo de lo que tu empresa pueda beneficiarse. Desde la entrada en vigor de este incentivo, nuestro equipo de expertos trabaja para facilitar que las empresas puedan beneficiarse, siendo un incentivo de fácil implicación y que da un retorno inmediato a las actividades realizadas de I+D+i.

Para facilitar la comprensión de este tipo de ayudas, desde ZABALA hemos lanzado un video en el que damos respuesta a las principales preguntas que surgen en torno a estos incentivos: qué tipo de entidades pueden beneficiarse, qué ventajas ofrecen las bonificaciones fiscales o la compatibilidad que tienen con las deducciones fiscales por I+D+i.


 

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