Noticias

May2019

Webinar sobre el registro horario del tiempo en las empresas

El 9 de mayo se celebró el webinar “Soluciones digitales para la gestión del registro horario del tiempo en las empresas” organizado por MHP, con la colaboración de SERNAUTO, donde se desgranaron las principales implicaciones que el Real Decreto-ley 8/2019 tiene sobre este tema. 

En el webinar, en el que participaron 30 profesionales del sector, se abordaron los aspectos legales de dicho Real Decreto, en materia de registro horario del tiempo de trabajo del empleado, de la mano de Urpi Rodríguez, responsable del Área Jurídica de MHP. 

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 12 de marzo se publicó un Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros en materia laboral y de Seguridad Social, y que fue convalidado por la Diputación Permanente, el pasado 3 de abril, donde entre otras medidas, se recoge la Obligatoriedad del registro de jornada (modificación del art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores) desde el 12/05/2019. 

Las empresas deberán garantizar el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y de finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador (trabajo efectivo). 

«9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.

Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»

En este sentido, al tratar los datos personales de los trabajadores, el empresario deberá tener siempre en cuenta los Principios Fundamentales de la Protección de Datos.

Se profundizó en los perfiles de trabajador a los que se aplica el registro de la jornada, que son todos aquellos trabajadores por cuenta ajena a quienes les aplica el Estatuto de los Trabajadores (ET), a todos los contratos laborales y tipo de horario. No afecta al personal con contrato de Alta Dirección, que están excluidos en el ET, y personas con contrato mercantil. El registro de la jornada debe incluir la hora de entrada y salida, sin sustituir el registro de horas complementarias para trabajadores a tiempo parcial.

Javier Ojeda, Director Comercial de MHP Servicios de Control, comentó las diferentes alternativas que existen para el registro de la jornada laboral, con sus pros y contras. 

Explicó asimismo el Servicio Integral de Gestión de Horarios que han desarrollado en MHP, con software y hardware propio, y con posibilidad de integración en los sistemas propios de cada empresa.

MHP como experto en la gestión del registro horario engloba los siguientes servicios: 

  • Consultoría previa de acuerdo con las necesidades de la empresa
  • Dispositivo digital para fichar
  • Aplicación de gestión tanto para gestores de personal como para usuarios
  • Asesoramiento legal y técnico
  • Servicio de atención al cliente
  • Formación continua
X

No te pierdas
nuestras novedades